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Guía para el viajero
Por Norma Esqueda
¿Qué hacer si tu vuelo fue sobrevendido
o cancelado?
Conoce tus derechos
Es recomendable llegar dos o tres horas antes de tu vuelo, sobre todo si viajas en temporada alta para evitar complicaciones
Uno de los contra empos que enen los viajeros, principalmente en vacaciones, días fes vos o cualquier fecha de temporada alta, es la sobreventa de vuelos u overbooking. Esto se da cuando la aerolínea
vende boletos de más para protegerse en caso de que algún pasajero cancele de úl ma hora o no se presente a su vuelo.
Ésta es una prác ca legal, amparada por la legislación aérea vigente, por la cual las líneas aéreas están autorizadas a vender más plazas de las que caben en el avión. Pese a esto, los pasajeros que se ven afectados enen derechos que pueden ejercer para ser compensados.
¿Qué puedes hacer cuando hay sobreventa?
Si no pudiste abordar el avión, ya sea por la sobreventa de boletos o porque fue cancelado por una causa imputable a la aerolínea, enes derecho a:
• Que la aerolínea te proporcione el mismo servicio en el primer vuelo disponible.
• Que puedas realizar llamadas telefónicas al lugar de tu des no para avisar a tus familiares, amigos, socios, clientes, etc., que no pudiste tomar el vuelo, todo con cargo a la aerolínea.
• Si requieres de alimentación y hospedaje durante el empo de espera para el próximo vuelo, la aerolínea está obligada a otorgártelos sin costo, incluyendo el traslado aeropuerto – hotel – aeropuerto.
• Puedes elegir una fecha dis nta para viajar a tu des no de la que te ofrecen.
• Si no deseas viajar con la aerolínea, enes derecho a exigir el reembolso total del precio del boleto o la parte proporcional del tramo que no realizaste. En caso de que se trate de un viaje con escalas, puedes solicitar una indemnización equivalente al 25% del precio total del boleto.
¿Cuándo no procede la reclamación?
• Cualquier po de compensación no aplica si viajas con cortesías, millas, puntos, etc., o si perdiste el vuelo por no presentarte a la hora indicada.
• Cuando se trate de cancelaciones no imputables a la empresa, como mal clima, desastres naturales o seguridad nacional, entre otras, las indemnizaciones no proceden.
• Tampoco enes derecho a indemnización alguna si no te fue permi do subir al avión por llegar en estado de ebriedad, bajo el in ujo de drogas, estupefacientes, enervantes, etc., o si pretendes abordar con objetos peligrosos, como armas u objetos punzocortantes.
¿Qué hacer en los vuelos con cambios en el i nerario?
Si hay un cambio de i nerario, enes derecho a que la aerolínea te lleve a tu des no nal lo más pronto posible sin ningún costo y que te paguen los gastos de alimentación y hospedaje en caso de que tuvieras que pasar la noche en el lugar.
¿Qué hacer en los vuelos demorados?
En el caso de demora se aplican las mismas polí cas de cancelación: enes derecho a ser transportado en el primer vuelo disponible, o en una fecha posterior a la convenida, y si decides no viajar, puedes solicitar que te devuelvan el costo del boleto, además de la indemnización a la que enes derecho, que es del 25%.
En cualquier caso, recomendamos primero conciliar con la aerolínea en el momento del incidente porque ellos pueden brindar soluciones ágiles. Recuerda que BCD Travel te ayuda en caso de que tengas un incidente durante tu viaje. •
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Para mayor información, consulta la Ley de Aeronáu ca Civil www.sct.gob.mx
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